Lo que nos faltaba. En la época de las libertades y el progresismo, resulta que el Estado dice a los padres lo que pueden y lo que no pueden hacer en la educación de sus hijos menores. Antaño fue en el consumo de píldoras abortivas o en la práctica misma del aborto. Ahora lo dice en el uso de los videojuegos violentos. La última decisión de los tribunales norteamericanos, de hace apenas diez días, es comentada por Rafael Serrano en Aceprensa. Por su interés reproduzco aquí ese artículo.
El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha dictaminado que no se puede prohibir la venta de videojuegos violentos a menores de edad. Tales contenidos, dice, están protegidos por la Primera Enmienda (libertad de expresión), y los poderes públicos solo pueden regularlos bajo estrictas condiciones. De igual modo habían concluido los tribunales inferiores, que también se pronunciaron contra la ley.
La sentencia, del pasado 27 de junio, anula una ley californiana que imponía multas de hasta mil dólares a los comerciantes que vendieran a menores de 18 años videojuegos muy violentos. Los productos afectados por la prohibición venían descritos así: aquellos en que “las opciones disponibles al jugador incluyan matar, mutilar, despedazar o agredir sexualmente a la imagen de un ser humano” de forma “patentemente hiriente”, que soliciten “las inclinaciones perversas o morbosas” de los menores y no tengan “verdadero valor literario, artístico, político o científico”.
Esos términos se inspiran en sentencias anteriores que autorizaron limitaciones a la distribución de obras con contenido sexual. Pero así como la jurisprudencia constitucional norteamericana excluye la obscenidad de la protección de la Primera Enmienda, nunca se ha considerado que la representación de la violencia esté en el mismo caso, señala el fallo. Para bien o para mal, siempre ha formado parte de creaciones literarias o artísticas.
Eso no significa, precisa la sentencia, que no se puede regular de ninguna manera la libertad de expresión. Pero toda limitación debe responder a un claro interés público y estar estrictamente definida para servir a tal interés, y la ley revocada no cumple ninguna de las dos condiciones.
California, dice el Supremo, no ha podido demostrar que los videojuegos como los descritos en su ley causen un daño cierto a los niños (¿?), a falta de estudios psicológicos concluyentes. Tampoco ha probado que, por lo que respecta a los posibles perjuicios, los videojuegos sean distintos de los dibujos animados emitidos por televisión, las películas de cine u otros medios a los que no ha impuesto limitaciones semejantes. La alegación de que los videojuegos, por requerir la participación del usuario, son especialmente peligrosos, no tiene a su favor datos convincentes.
El fallo fue aprobado por siete votos contra dos. Pero dos de los jueces de la mayoría, Samuel Alito y el magistrado presidente John Roberts, rechazan parte de los argumentos de sus colegas en un voto particular redactado por el primero. Están de acuerdo en que la ley californiana es inconstitucional por ser demasiado amplia e imprecisa en la definición de los productos vetados para menores. En cambio, creen que respondía a un interés público claro: limitar el efecto perjudicial de los videojuegos crueles en los niños, que son personas impresionables. La sentencia, dice Alito, se extralimita a su vez al negar que “pasar una hora tras otra manejando a un personaje que acribilla a decenas de víctimas inocentes” sea una actividad de naturaleza distinta a leer escenas violentas en un libro o a verlas en el cine o en la televisión. Alito y Roberts temen que el fallo no comprenda las peculiaridades de las nuevas técnicas y les aplique de modo simplista el mismo enfoque que a los viejos medios.
La influencia de los materiales audiovisuales violentos en el comportamiento de los espectadores es difícil de determinar, entre otras razones porque depende también de más factores. (Sobre esto se puede leer “El adolescente teleadicto, más proclive a la violencia”).
jueves, 7 de julio de 2011
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